DISPOSITIVA
Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano, YOLMAN OMAR BLANCO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad No. V-15.856.024, contra la empresa EXPRESOS OCCIDENTES C.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, bajo el número 12, Tomo 4-A de fecha 14 de marzo de 1977. . SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A., a cancelar los conceptos y cantidades establecidos en la parte motiva del presente fallo, así como aquellas que arroje la experticia complementaria del fallo ordenada a realizar, en los t.....