Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por el Juez Sexto (6°) Superior del Trabajo de este Circuito Judicial, abogado MARCIAL MUNDARAY SILVA, ya identificado, para seguir conociendo del procedimiento del recurso de apelación, en el juicio incoado por el ciudadano PEDRO JOSE SIFONTES QUINTANA, contra la sociedad mercantil SEGUROS CONSTITUCION, C.A. SEGUNDO: Notifíquese de esta decisión al Juez inhibido mediante oficio remitiéndole copia certificada de la misma.