Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO COLECTIVO, incoada por el ciudadano ULISES CAPELLA DIAMONT, contra las entidades de trabajo SOCIEDAD CIVIL DE LA UNIVERSIDAD SANTA MARIA y UNIVERSIDAD SANTA MARIA. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo. Y así se decide.