Una vez garantizado el derecho a la defensa al demandado y/o terceros interesados, y vista la solicitud de las partes de suspender la medida por el día de hoy, este Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, SE ABSTIENE de la práctica de la medida de entrega material sobre la planta superior y la mezzanina del galpón industrial ubicado en la carretera Petare-Santa Lucia, kilómetro uno (1), filas de Mariche, margen derecho, de 500 mts 2 planta superior y ochenta y siete (87,oo) mts 2 parte superior o mezzanina y b) deposito uno (1) del galpón industrial ubicado en la carretera Petare-Santa Lucia, kilómetro uno (1) filas de Mariche, margen derecho, planta baja, de 299,33 mts 2..........,