Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 254 y 362 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE OPCIÓN COMPRAVENTA sigue INVERSIONES P.L. 2707 C.A., contra el ciudadano ALFREDO RAFAEL MARQUEZ FLORES. SEGUNDO: Se acuerda la resolución de Contrato de opción compraventa celebrado entre INVERSIONES P.L.207 C.A., representada por el apoderado judicial ciudadano ALBERTO JOSE FREITES DEFFIT y el ciudadano ALFREDO RAFAEL MARQUEZ FLORES, en fecha 31 de julio de 2006, que tuvo por objeto un (1) inmueble constituido por el apartamento 12-2, situado en el Conjunto Residencial ANDREINA, ubicado en las parcelas 37 y 38 de la Urbanización Maturín, Jurisdicción del Municipio S.....