Con fundamento en las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Acción de Amparo Constitucional, intentada por la ciudadana, YARDIS TABAY MIJARES GRATEROL portadora de la cedula de identidad N° 13.511.324, en contra de la CORPORACION DE SERVICIOS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL. En consecuencia se ordena a esta última a dar inmediato cumplimiento a la Providencia Administrativa signada con el N° 00093-11, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Sur del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos incoada por la ciudadana YARDIS TABAY MIJARES, por la infracción de los prevista en los artículos 87, 91 y 93 de la .....