III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, signada con el Nro. 164, Folio 87 Vto, Tomo 1, que corre inserta en los Libros de Nacimientos, llevados por ante la Primera Autoridad Civil del Distrito Sucre del Estado Miranda, solicitada por el ciudadano RAFAEL ANIBAL CASTILLO REQUENA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nro. V-3.148.210.
SEGUNDO: En virtud del anterior pronunciamiento, se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, anteriormente indicada, perteneciente al ciudadano RAFAEL ANIBAL CASTILLO REQUENA. En consecuencia donde dice: "CARMEN SANTIAGA REQUENA DE CASTILLO, de estado civil casada y.....