Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la Sociedad Mercantil OPERACIONES NATURA VIVA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y estado Miranda, en fecha 20 de abril de 1989, bajo el Nº 57, Tomo 27-A Sgdo., en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES PEDROS PIZZA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 20 de junio de 2000, bajo el Nº 59, Tomo 107-A-VII, representada por su Director, ciudadano PEDRO LUIS DÍAZ SANANES, titular de la cédula de identidad.....