En fuerza de los razonamientos fácticos y jurídicos que han quedado expuestos, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de julio de 2006, por el abogado CARLOS NAVA BRAVO, en su carácter de apoderado judicial del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA PESCA, SUS SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SIPTRABPEZ) y de los ciudadanos ADALBERTO ROMERO, ADALBERTO SOTO y otros.
SEGUNDO: CONFIRMADA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha 7 de julio de 2006.
TERCERO: Se condena a la parte actora apelante, al pago de las costas procesales por haber resultado totalmente perdidosa en la presente incidencia, de conformidad con el artículo 274 de Código de Procedimiento Ci.....