DECISION
Declara consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la instancia, en la pretensión de nulidad interpuesta por la ciudadana MARLENE J. VÁSQUEZ NARANJO contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00239-14 (EXPEDIENTE N° 023-2013-01359 DEL 14DE JUNIO DE 2013, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL NORTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, adscrita Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo.
No hay condena en costas conforme al artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena la notificación de la C.A Metro de Caracas y de la Procuraduría General de la República, con inserción de copia certificada de la sentencia, conforme el artículo 111 (antes 97) del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en consecuencia, la causa se suspenderá por 30 días continuos contados a partir de la consignación de la notificación en el expediente.
Se deja constancia que el lapso (05 DÍAS DE DESPACHO) para .....