esta Sala de Juicio N° IX del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Arrea Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena por vía SUMARIA y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO del niño (...), la cual corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Federal, anotada bajo el N° 716 correspondiente al año 2002, de la siguiente manera: En la partida de nacimiento del niño (...), se asentó el número de cédula de la madre del niño, como V.14.019.014, siendo esto incorrecto; por cuanto la misma es portadora de la cédula de identidad N° V.14.019.046, tal como se evidencia de la comunicación emitida en fecha 31 de agosto de 2.006, por la Dirección de .....