´Ahora bien, el caso de autos versa sobre la demanda de Desalojo de Local Comercial presentada por la sociedad mercantil Promotora 204 C.A. contra la sociedad mercantil Las Camisas de Don Juan C.A., a los efectos del desalojo del Inmueble objeto de la presente litis, y siendo que no se evidencia la relación entre la prueba, lo que se pretende demostrar con la evacuación de la prueba de informe promovida y el objeto sobre el cual recae el presente procedimiento, es forzoso negar la admisión de la prueba de informe promovida por la parte demandada. Y así se decide.- ´