DECISION
En consecuencia, por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR lo solicitado por la representación judicial de la ciudadana LUZ ELENA PAREDES MARTINEZ, en el mencionado escrito de fecha 06-11-2024. Así se establece.
SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión no hay especial condenatoria en costas. Así se establece.
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, a los Trece (13) días del mes de Noviembre de Dos Mil Veinticuatro (2024). Año 214º de la Independencia y 165º de la Fe.....