"...En este estado el Apoderado Actor, expone: “Acepto el convenimiento ofrecido, en los términos antes señalados y recibo conforme la cantidad indicado, como compensación por los daños y perjuicios así como uso de disfrute del mismo, por el plazo concedido, sin que esto se tenga como canon de arrendamiento alguno. Así como por concepto de costos y costas del juicio.”.- Es todo.- Ambas partes acuerdan que en caso de incumplimiento en la Entrega del Inmueble, para el día Miércoles 28 de Febrero del 2007, a las (10:00 am), el demandado cancelaría a la parte Actora cantidad de (Bs. 500.000,oo) por cada día de retrazo, e igualmente solicitamos al Tribunal de la Causa, imparta la homologación de ley; al presente convenimiento.- En éste estado el Apoderado Actor, expone: “Solicito al Tribunal Ejecutor, se abstenga de la práctica de la medida de Secuestro comisionada y se devuelva la comisión al Tribunal de la Causa..."