DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del adolescente (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), identificada con el Nº 1119, con fecha Diecinueve (19) de Julio de Novecientos Noventa y Tres (1.993), de los libros de Registro de Nacimiento que reposa en los archivos de la Parroquia Caracciolo Parra Perez del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, queda rectificada el acta de nacimiento del adolescente antes nombrado, en virtud de que los Apellidos del progenitor del adolescente de autos es (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad).-
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado, llevado por la Parroquia Caracciolo Parra Perez del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sin hacer alteración de la parti.....