II
Dispositivo
Por las motivaciones de hecho y derecho que anteceden, este Juzgado Vigésimo Segundo (22º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Se deja constancia del Pago en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo INVERSIONES LA CASA-DELA, C.A. (RESTAURANT LA CASTAÑUELA), a favor del ciudadano YEDIXON CHACON, ambas partes plenamente identificadas en autos. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.