"(...) este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano MANUEL DE JESUS RIVERO MARIN: contra la Entidad de Trabajo BZS CONSTRUCCIÓN, S.A., por concepto de cobro de diferencias de prestaciones sociales, condenándose a ésta última, al pago de la cantidad de ONCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON 36 CENTIMOS ( Bs. 11.561,36), por los conceptos que fueron determinados en el cuerpo de la presente decisión; más lo que resulte por los conceptos de intereses de mora e indexacción o corrección monetaria (...)"