III
DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA en el Recurso de nulidad de acto administrativo propuesta por el abogado ARGENIS JOSÉ VICUÑA, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana LEIDA CAROLINA MILANO en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa N° 055-2017, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Este de Miranda en fecha 24 de febrero de 2017, correspondiente al expediente que bajo el N° 027-13-01-2849. SEGUNDO: En apego al principio de igualdad no hay condena en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado T.....