declara que el Poder Judicial no tiene jurisdicción frente a la Administración Pública, para conocer de la solicitud de calificación de despido intentada por el ciudadano RAINER RAMON DALY TOTESAUT contra PROMOTORA TANTALO, C.A., correspondiéndole conocer la calificación de despido en cuestión a la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Sede Este. No hay condenatoria en costas, debido a la naturaleza del fallo. La presente decisión, una vez firme, se enviará en consulta a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.