Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil, se declara INCOMPETENTE para conocer en alzada el recurso de apelación interpuesto contra el auto dictado en fecha 16 de julio de 2010 por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la ciudadana LAURA DEL CARMEN LANZA BAPTISTA contra la sociedad mercantil PROMOTORA INMOBILIARIA CAMPO SOL, C.A., identificados al inicio de este fallo. En consecuencia de lo anterior, analizados como han sido los preceptos normativos anteriores y subsumidos al caso concreto, este Tribunal en aras de garantizar el derecho a la defensa de las partes y en pro de los pri.....