este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE HONORARIOS incoara el ciudadano DAVID BITTAN OBADIA contra el ciudadano HÉCTOR ABDELNOUR PIRE, ampliamente identificados al inicio, por resultar la misma contraria al orden público.-