DISPOSTIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora apelante en contra de la decisión de fecha 12-03-2009, emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA la decisión apelada de fecha 12-03-2009 emanada del juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: Se repone la causa al estado que el Juzgado a-quo se pronuncie sobre la admisión de la reforma de la demanda, presentada por la abogada Alejandra Fermín en fecha 11-03-2009. CUARTO: A los fines de garantizar el derecho a la defensa y el.....