VI
DISPOSITIVO
Con base a los razonamientos precedentes, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana MARIA GABRIELA GARCIA, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.815.134, contra la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre. En consecuencia, se condena al demandado a pagar a la demandante, la indemnización establecida en el artículo 110 de la Ley Orgánica del Trabajo derogada, por la cantidad de Bs.10.966,04.
SEGUNDO: Se condena a REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre, al pago e los intereses de mora de conformidad con lo dispues.....