Se dictó Sentencia Interlocutoria, mediante la cual se declaró: IMPROCEDENTE la cuestión previa opuesta por el heredero KNUT WAALE RODRÍGUEZ, relativa a la caducidad de la acción establecida en la ley consagrada, de conformidad con el artículo 346 numeral 10º del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los CATORCE (14) días del mes de ABRIL del año DOS MIL CATORCE (2014). Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.-