Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras (LOTTT) y los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Regístrese, Publíquese y guárdese copia certificada. Asimismo, se deja constancia de la devolución del escrito de promoción de pruebas del ciudadano MIGUEL MUÑOZ. Asimismo, las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la Prolongación de la Audiencia Preliminar con el fin de lograr un acuerdo con respecto a las diferencias de prestaciones sociales del ciudadano ANTONIO MENDEZ, para el MIERCOLES 20 DE MAYO DE 2015, a las 8:00 a.m., de conformidad con lo previsto en el Artículo 132 d.....