DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expresadas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial de Caracas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, sanciona al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, a cumplir la medida socio-educativa de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de DOS (2) años, establecida en el artículo 626 en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, LA cual debe ser debidamente ejecutada por el Juez de Ejecución de está misma Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente que le corresponda conocer de la causa por vía de distribución.
Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente sentencia.
La sentencia ha sido publicada en el día martes.....