este Juzgado Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas declara no estar de acuerdo con la decisión dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha Treinta y Uno de Mayo (31) de 2011.
De tal modo, que en base a los razonamientos anteriores, es por lo que este Tribunal se declara INCOMPETENTE para conocer y decidir en el presente asunto, por lo que resulta forzoso plantear el presente conflicto negativo funcional, ordenándose remitir para su distribución a los Tribunales Superiores a los fines legales pertinentes. Líbrese Oficio.
El Juez
Eduardo Núñez C. La Secretaria
Carmen Romero
En esta misma fecha, se publico y re.....