Este Juzgado conociendo en fase de Sustanciación, en virtud del acuerdo celebrado entre las partes por cuanto no vulnera, normas de Orden Público ni derechos irrenunciables de la trabajadora de conformidad con lo establecido en el párrafo único del artículo 3 de la Ley orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento del referido texto legal le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo; dándole efectos de Cosa Juzgada. Salvo a lo establecido en la cláusula séptima y octava que se refiere al desistimiento de la acción. Así se establece.