Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PROCEDENCIA al cobro de honorarios profesionales de abogado por parte de los ciudadanos ARNALDO JOSÉ GONZÁLEZ MORENO y JOSÉ HUMBERTO MORENO VILLALBA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 130.208 y 75.448, respectivamente, actuando en sus propio nombre y representación como parte actora, en el juicio que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, sigue ante este Despacho contra el ciudadano HECTOR MIGUEL GIL PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-10.803.704, y PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, puesto que no se le concede a la parte actora todo lo reclamado. .....