Por lo antes expresado este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: CON LUGAR LA APELACION ejercida por el Abogado LUIS FELIPE BLANCO SOUCHON, en su carácter de apoderado judicial del co-demandado JOSE MARCELINO DE CASTRO GOMEZ contra la providencia del 15-02-2013, dictada por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de esta Circunscripción Judicial. En consecuencia, se ordena al citado Juzgado darle el trámite respectivo a la oposición a la formulada por el mencionado apoderado, de conformidad con lo establecido en los artículos 602 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Queda así REVOCADA la decisión apelada, sin la imposición de las costas del recurso, dado el carácter del fallo.
Publíquese, regístrese, diarícese, expídase copia certificada de conformidad con el contenido del artículo 248 ejusdem y remítase el.....