En merito de lo anterior este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente Querella Funcionarial, interpuesta por la ciudadana MALEXY SASHENKA QUINTERO RIVERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V.-16.412.291, representada por el Abogado ENRIQUE JOSE CHACON BRETO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.762, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y LOS MOVIMIENTOS SOCIALES.
Dada firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo, en Caracas a los catorce (14) días del mes de Junio del año dos mil dieciséis (2016) Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.