Se dictó sentencia mediante al cual, se CONDENÓ al acusado GIOVANNI ANTONIO GÓMEZ ARTEAGA Titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.289.288, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en agravio de las ciudadanas MAYS JINETH PETIT y ACOSTA DIAZ BETZY, en relación con el artículo 416 del Código Penal, más las penas accesorias establecidas en el articulo 66, numeral 1 Ejusdem de conformidad con el artículo 376 de la ley de reforma parcial del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 104 de la ley que rige la materia.