declara:
a) PARCIALMENTE CON LUGAR, la oposición interpuesta por el ciudadano LUIS RAFAEL CASTILLO HIDALGO, parte demandante en el presente juicio de Divorcio Ordinario, en contra de la ciudadana MAYLIN ARACELIS LEAL LÓPEZ.-
b) LA REDUCCIÓN de las medidas del embargo preventivo decretado en fecha 19 de Junio de 2.006, en lo que respecta al sueldo que devenga el ciudadano LUIS RAFAEL CASTILLO HIDALGO; por lo que queda decretado el embargo en contra del mencionado ciudadano, de la siguiente manera: 1) El veinte por ciento (20%) mensual del sueldo que devenga el ciudadano LUIS RAFAEL CASTILLO HIDALGO, como operador de planta de la empresa Hidromara. 2) El cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros, que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.-
c) OFICIAR a la empresa Hidromara, a los fines de informarle acerca de la presente.....