Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SE REPONE la causa al estado de fijar, como en efecto se hace, el acto de audiencia oral y publica para el día VIERNES VEINTIOCHO (28) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE (2012), A LAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 A.M.), no siendo necesario la notificación de las partes ya que las mismas se encuentran a derecho.