Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Juzgado Séptimo (7°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia del dos (02) de marzo de 2018 por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.-