Por todo cuanto antecede, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa, con efecto de nulidad del pronunciamiento tercero de la decisión recurrida, para que otro juez de control decida motivadamente el régimen cautelar que corresponda.