DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal DUODECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos MARIA ALEJANDRA URQUIOLA BRACAMONTE y MIGUEL ANGEL JEREZ BASTIDAS, titulares de las cédulas de identidad números 15.072.617 y 15.330.718, respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 07 de Junio de 2008, ante la Prefectura de la Parroquia Calderas del Municipio Bolívar del Estado Barinas, según acta No. 6.-
Dada la naturaleza del Fallo no hay condenatoria en Costas.-
-PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DEJESE COPIA -