IV.- DISPOSITIVA.-
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 03.02.2014, por el abogado JOSÉ MARIA DÍAZ-CAÑABATE, apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil Corporación Lormax, C.A., contra el auto de fecha 29.01.2014, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a través del cual, negó la prórroga para la evacuación de pruebas, solicitada por el apoderado judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, conceder a la parte demandada, una pró.....