DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Octavo del Trabajo de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 13 de julio de 2016, emanada del Juzgado Decimosegundo (12°) de Primera Instancia de juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se confirma la Sentencia apelada. TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano KEVIN JUSTYN MARCANO AMAYA contra la entidad de trabajo SPS RISK VIGILANCIA C.A., en consecuencia de ordena cancelar a la parte demandada los conceptos señalados en la parte motiva de la presente decisión. CUARTO: Se condena en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la LOPTRA.-