Se HOMOLOGA la solicitud de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD DE BIENES existente entre los ciudadanos: RAUL ALEJANDRO VALLE OBANDO y MILAGROS DE JESUS GARCIA DE VALLE, ambos plenamente identificados al inicio del presente fallo, en la forma por ellos convenida en su diligencia presentada en fecha 30 de septiembre de 2019, que ratifica lo expuesto en fecha 17/07/2019, de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil. Como consecuencia de la homologación y adjudicación antes señalada, se declaró disuelta y extinguida la comunidad de los bienes conyugales ya descritos en esta sentencia.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condena en costas.