Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 9 de mayo de 2019, por el abogado Oswaldo Urdaneta Bermúdez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 25 de abril de 2019, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda.
Segundo: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 14 de mayo de 2019, por el abogado Víctor Rubio Muñoz, actuando en .....