Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OSWALDO ENRIQUE GONZALEZ, , contra SEGUROS DE VENEZUELA C.A.. En consecuencia, se ordena al demandado a cancelar a la actora la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON CUARENTA CENTIMOS ( Bs. 1.407.566,40); que comprende todos y cada uno de los conceptos por prestaciones sociales y demás débitos laborales arriba discriminados, más los intereses de mora, e indexación judicial que arroje la experticia complementaria del fallo. Los honorarios del experto correrán por cuenta de la parte demandada.
Dado los términos del fallo, se conden.....