Se declaró CON LUGAR la presente Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos. En consecuencia, se declaró disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos RAUL GUILLERMO DIAZ VALENCIA y XIOMARA JOSEFINA VALLEJO GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.454.150 y V-12.429.720, respectivamente y se homologó todo lo relacionado con la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, a favor de su hijo, XXXXX, de cinco años de edad.