este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la empresa AEROCENTRO DE SERVICIOS, C.A. y el ciudadano HUGO ABREU, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que también consta en el escrito de transacción copia de cheque N° 19484952, girado contra el Banco Mercantil por un monto de doscientos cuarenta y siete mil ochocientos cuarenta y un bolívar con quince céntimos (bs. 247.841,15) a favor del ciudadano Hugo Abreu. Asimismo se deja constancia que este Juzgado por auto separado dará por terminado el presente asunto, ordenara el cierre informático y el archivo definitivo del mismo.
El Juez
El Secretario
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abg. José Moreno