Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por Beneficio de Jubilación y Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana CARLA LOBO, contra la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV) plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena en costas a la actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.