declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO intentada por la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA GRAMER C.A., en contra de la sociedad mercantil FARMACIAS INVERSIONES J.B.M.F.I. C.A. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, a la entrega material real y efectiva libre de bienes y personas, a la parte actora el bien inmueble constituido por un (01) local para comercio ubicado en la planta baja local 1-A, del edificio denominado La Trinidad, avenida San Sebastián con calle Bolívar, Municipio Baruta del Estado Miranda. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en el proceso