DECIDE:
PRIMERO: Se declara consumada LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente asunto que por SIMULACIÓN DE CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD intentara la ciudadana JULIA EVA PADRÓN LANDER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-75.461, en contra los ciudadanos MILAGROS AUXILIADORA LEZAMA PADRÓN y LUÍS SIMÓN CEDEÑO ADAMES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V.-3.658.996 y V.-2.145.630, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, se declara EXTINGUIDO el presente proceso, con el expreso señalamiento a la parte actora, que para volver a proponer la acción que nos ocupa, deberá dejar transcurrir íntegramente el lapso previsto en el artículo 271 ejusdem.
TERCERO: No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, ello de conformidad en lo previsto en el artículo 283 d.....