Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuestas este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 18 de enero de 2007dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano EDUARDO RAFAEL CASTRO contra MENE COMPUTACIÓN Y SISTEMAS, C.A., en consecuencia se condena a la demandada a pagar los montos y conceptos señalados en la parte motiva del fallo. Asimismo se ordena experticia complementaria del fallo a los fines de determinar intereses moratorios e indexación judicial. CUARTO: SE CONFIRMA el fallo. Se condena en costas a la demandada por el recurso, no hay condena.....