III
DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE ABSTIENE de impartir su HOMOLOGACION al CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, ya identificadas, en fecha 26 Junio de 2008 en los mismos términos expuestos.- En consecuencia, téngase la presente decisión como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.-
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.-
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en Caracas a los Quince ( 15 ) días del mes de Enero del año Dos Mil Nueve (2009).- AÑOS: 198º y 149º
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARIS BRUNI LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA ARZOLA P.
IPB/MAP/Xiomara
Exp: N° AP31-M-2008-00018.....