DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 10 de Noviembre de 2014, conforme al artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, por los profesionales del derecho REINALDO ISEA CHIRINOS y RICHARD ISEA CHIRINOS, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 69.679 y 184.068 respectivamente, actuando en su carácter de Defensores del ciudadano MANUEL ALEJANDRO CASTELLANO, en contra de la decisión dictada en fecha 04 de Noviembre de 2014, por el Juzgado Trigésimo (30º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Carac.....